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Glosario · Normativa e institucionalidad

INDAP

INDAP

También conocido como: Instituto de Desarrollo Agropecuario, INDAP Chile, Instituto de Desarrollo Agropecuario de Chile.

INDAP, el Instituto de Desarrollo Agropecuario, es el servicio público del Ministerio de Agricultura que fomenta a los pequeños productores agrícolas y campesinos de Chile, según su ley orgánica, la Ley N° 18.910 de 1990. Entrega crédito, asesoría técnica e incentivos. En agua y riego cofinancia a sus usuarios acreditados obras de riego, pozos, bombeo solar y, con el Bono Legal de Aguas, la regularización de derechos de agua.

¿Qué es INDAP?

El Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP) es el servicio público que fomenta a la pequeña agricultura en Chile. Su ley orgánica, la Ley N° 18.910, publicada en el Diario Oficial el 3 de febrero de 1990, lo define como un servicio funcionalmente descentralizado, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Agricultura. El instituto es anterior: la Ley N° 15.020 de Reforma Agraria, publicada el 27 de noviembre de 1962, transformó en INDAP al Consejo de Fomento e Investigaciones Agrícolas. Su objeto legal es promover el desarrollo económico, social y tecnológico de los pequeños productores agrícolas y de los campesinos (artículo 2), y para ello otorga crédito, asistencia técnica y los subsidios que la ley disponga para fines productivos, obras de desarrollo rural y emergencias (artículo 3). Tiene una dirección regional en cada región y, según la propia institución, más de 100 agencias de área, donde se atiende al agricultor.

El artículo 13 de la Ley 18.910 define a quién atiende. Pequeño productor agrícola es quien explota una superficie no superior a 12 hectáreas de riego básico, con activos que no superan el equivalente a 3.500 unidades de fomento, cuyo ingreso proviene principalmente de la explotación agrícola y que trabaja directamente la tierra, cualquiera sea su régimen de tenencia. Campesino es quien habita y trabaja habitualmente en el campo y vive fundamentalmente de la actividad silvoagropecuaria que realiza en forma personal, con condiciones económicas no superiores a las de un pequeño productor. La hectárea de riego básico equivale al potencial productivo de una hectárea regada de clase I del valle del río Maipo. La calidad de usuario se acredita en la agencia de área, que verifica el requisito de activos con la calificación socioeconómica del Registro Social de Hogares. Hasta el 31 de diciembre de 2026, el artículo 87 de la Ley 21.806 mantiene dentro de la definición, previa declaración jurada simple, a los usuarios que han recibido beneficios y superaron las 3.500 UF a causa de los reavalúos de bienes agrícolas de 2020 y 2024.

La definición importa más allá de INDAP. La Ley 21.435, que reformó el Código de Aguas, da a los pequeños productores agrícolas de la Ley 18.910 hasta el 6 de abril de 2033 para inscribir en el Conservador de Bienes Raíces los derechos de aprovechamiento constituidos que no lo estén, un año más que el plazo general del 6 de abril de 2032; ambas fechas las fijó la Ley 21.841, publicada el 9 de octubre de 2026. El plazo para iniciar ante la DGA la regularización de usos sin título, en cambio, vence para todos el 6 de abril de 2032, salvo para personas y comunidades indígenas. La misma reforma encarga a INDAP velar por la difusión, información y facilitación de la regularización de los derechos de sus beneficiarios. Conviene verificar la fecha en cada fuente: al 26 de octubre de 2026, la página «Agua en regla» de INDAP seguía citando el plazo anterior del 6 de abril de 2027.

En agua, la herramienta principal es el Programa de Riego de INDAP. El Programa de Riego y Drenaje Intrapredial (PRI) cofinancia proyectos individuales: riego tecnificado, obras de captación, conducción y acumulación, nuevas fuentes de agua —entre ellas la captación de aguas subterráneas— y dispositivos de monitoreo; si incluye energía renovable, esta debe cubrir al menos el 80 % de la energía en proyectos conectados a la red y el 100 % en los aislados. El Programa de Riego Asociativo (PRA) apoya obras de dos o más usuarios, como organizaciones de usuarios de aguas. El Programa de Obras Menores de Riego (PROMR) atiende problemas que deben resolverse con prontitud e incluye pozos profundos, punteras y norias, bombas, módulos fotovoltaicos y sistemas de medición de extracciones. En los tres, el incentivo llega hasta el 95 % del costo bruto y el saldo lo aporta el usuario, que puede financiarlo con un crédito de INDAP. El instrumento de preinversión cofinancia hasta el 99 % de estudios, incluidos los hidrogeológicos y la formulación de proyectos para la Ley 18.450. Los topes en pesos y los períodos de postulación cambian y los fija cada norma o dirección regional.

Para un pozo, las normas del PRI y del PRA distinguen dos situaciones. Si la captación tiene derechos inscritos, el proyecto puede ser su recuperación, reacondicionamiento, habilitación definitiva, cambio de punto de captación o cambio de equipos como la bomba y el tablero —y, en el PRI, su profundización—, con el caudal inscrito como tope. Si es una captación nueva, perforar, desarrollar y habilitar el pozo hasta la prueba de bombeo se cofinancia solo si se alumbran las aguas y se obtiene el caudal mínimo declarado, con supervisión de INDAP; en el PRA el proyecto queda preaprobado hasta que la prueba de bombeo confirma el caudal garantizado por el contratista. El PROMR, además, exige que las aguas subterráneas estén alumbradas al postular. La tenencia del agua se acredita según la guía legal de INDAP: inscripción del derecho, resolución de la DGA o del SAG o sentencia; también se admiten solicitudes ya ingresadas a la DGA, derechos provisionales y pozos del artículo 56 del Código de Aguas, estos con el dominio del predio, declaración jurada, prueba de bombeo según el manual de la DGA y un caudal de proyecto de hasta 0,5 L/s y 650 m³ al mes. Por regla general, el consultor o la empresa que el usuario contrate para formular o ejecutar debe estar inscrito en el directorio de riego de INDAP, que tiene especialidades de construcción de pozos.

El Bono Legal de Aguas (BLA) es el instrumento de INDAP para tener el agua en regla. Cofinancia hasta el 95 % del costo bruto, con topes por proceso, de la constitución de derechos, la regularización por los artículos 1°, 2° o 5° transitorios del Código de Aguas, el cambio de punto de captación, el perfeccionamiento de títulos, las gestiones judiciales y el apoyo a organizaciones de usuarios; en aguas subterráneas incluye la prueba de bombeo o de agotamiento cuando corresponde. El bono financia la gestión: quien constituye o regulariza el derecho es la DGA. Como en los programas de obras, el consultor que se paga con el bono debe estar inscrito en el directorio de consultores de INDAP. La Comisión Nacional de Riego (CNR) concursa la bonificación de la Ley 18.450, que para los pequeños productores de la Ley 18.910 llega hasta el 95 % del costo del proyecto; esa ley ordena a la CNR asignar a INDAP, según la disponibilidad presupuestaria, recursos para prefinanciar la bonificación de esos productores, e INDAP ofrece un crédito de enlace contra el certificado de bonificación. La DGA administra el recurso y los derechos; la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH), del MOP, desarrolla grandes obras hidráulicas como los embalses, y el SAG puede informar a la DGA en la regularización de derechos de predios de la reforma agraria.

Para el dueño de un pozo, el orden práctico es acreditarse como usuario en la agencia de área, revisar la situación legal del agua —INDAP exige acreditar su tenencia— y tener documentado el caudal: las normas y los términos de referencia regionales suelen pedir una prueba de bombeo, aunque en el PROMR, para reponer equipos, basta una prueba de gasto constante de al menos 180 minutos. Quien no califica —un agricultor mediano, una viña o una agroindustria— puede postular a la Ley 18.450 si sus ventas anuales promedio no superan las 50.000 UF; la bonificación máxima baja a medida que suben esos ingresos. Al 26 de octubre de 2026 siguen en primer trámite en la Cámara de Diputados un proyecto del Ejecutivo que modifica la ley orgánica de INDAP (boletín 18.111-01, ingresado el 5 de marzo de 2026) y una moción para actualizar sus definiciones (boletín 16.768-01). Este resumen es informativo: montos, topes y fechas se confirman con INDAP en cada convocatoria. Cruzat Ingeniería construye y habilita pozos profundos, ejecuta pruebas de bombeo y provee equipos de bombeo y sistemas de bombeo solar. En un proyecto cofinanciado por INDAP, el consultor y el contratista deben estar inscritos en el directorio de riego del instituto.

Cruzat Ingeniería es una empresa chilena de pozos profundos fundada en 1948, con cobertura en 11 regiones, de Atacama a Los Lagos. Los servicios relacionados con este concepto son construcción de pozos profundos, pruebas de bombeo, tecnología de bombeo solar, equipos de bombeo y regularización legal.

Ejemplos prácticos de INDAP

Pequeña productora de la provincia de Limarí cuyo pozo, con derechos inscritos, perdió caudal: postula al PRI la profundización del pozo, una bomba nueva y un sistema fotovoltaico que cubra el 100 % de la energía por estar aislada de la red, y financia su aporte con un crédito de INDAP.

Agricultor del Maule que riega hace décadas con un pozo sin título: con el Bono Legal de Aguas cofinancia la regularización por el artículo 2° transitorio del Código de Aguas, incluida la prueba de bombeo, y debe presentarla ante la DGA a más tardar el 6 de abril de 2032.

Familia campesina que riega su huerta de subsistencia con un pozo del artículo 56 del Código de Aguas: puede acreditar el agua ante INDAP con la inscripción de dominio del predio, una declaración jurada y una prueba de bombeo, pero el caudal del proyecto no puede superar 0,5 L/s ni 650 m³ al mes.

Viña mediana de Colchagua que no cumple los requisitos de la Ley 18.910: no puede ser usuaria de INDAP y busca la bonificación de la Ley 18.450 en los concursos de la CNR, con un porcentaje máximo menor que el de un pequeño productor.

Términos relacionados

Preguntas frecuentes sobre INDAP

¿Qué es INDAP y para qué sirve?
INDAP es el Instituto de Desarrollo Agropecuario, un servicio público funcionalmente descentralizado que se relaciona con el Presidente de la República a través del Ministerio de Agricultura. Según su ley orgánica, la Ley N° 18.910, su objeto es promover el desarrollo económico, social y tecnológico de los pequeños productores agrícolas y de los campesinos. Sirve para acceder a crédito, asesoría técnica e incentivos no reembolsables; en agua, cofinancia obras de riego, pozos, sistemas fotovoltaicos de bombeo y la regularización de derechos de aprovechamiento de aguas.
¿Cuáles son los requisitos para ser usuario de INDAP?
Los fija el artículo 13 de la Ley 18.910: explotar una superficie no superior a 12 hectáreas de riego básico, o vivir y trabajar en el campo; tener activos que no superen 3.500 UF, y que el ingreso provenga principalmente de la actividad agrícola o silvoagropecuaria. La acreditación se pide en la agencia de área más cercana; INDAP revisa el requisito de activos con el Registro Social de Hogares, por lo que conviene tenerlo actualizado. Estar acreditado no asegura un beneficio: cada programa tiene requisitos propios y depende del presupuesto disponible.
¿INDAP financia pozos profundos?
Sí, a sus usuarios y dentro de sus programas de riego. El Programa de Riego Intrapredial y el de Riego Asociativo cofinancian la recuperación, el cambio de equipos y, en el intrapredial, la profundización de pozos con derechos inscritos, y también pozos nuevos: en ese caso la perforación solo se cofinancia si se alumbran las aguas y se obtiene el caudal mínimo declarado, con supervisión de INDAP. El Programa de Obras Menores de Riego cubre pozos, norias y punteras para problemas urgentes, pero exige que el agua subterránea ya esté alumbrada al postular. Además hay que acreditar la tenencia del agua y considerar si el sector es área de restricción o zona de prohibición de la DGA.
¿Qué es el Bono Legal de Aguas de INDAP?
Es el instrumento con que INDAP cofinancia, hasta el 95 % del costo bruto y con topes por proceso, los trámites para tener el agua en regla: constitución y regularización de derechos de aprovechamiento, cambio de punto de captación, perfeccionamiento de títulos, gestiones judiciales y apoyo a organizaciones de usuarios de aguas. En pozos incluye la prueba de bombeo cuando corresponde. Se postula en la agencia de área o en línea, siendo usuario acreditado. El bono paga la asesoría; quien resuelve el derecho es la DGA, y el plazo para iniciar una regularización vence el 6 de abril de 2032.
¿Qué diferencia hay entre INDAP y la CNR?
INDAP atiende solo a pequeños productores agrícolas y campesinos acreditados, con crédito, asesoría e incentivos que postulan en su agencia de área. La Comisión Nacional de Riego (CNR) administra la bonificación de la Ley 18.450 mediante concursos abiertos a agricultores de distintos tamaños, con un porcentaje máximo que baja según los ingresos del postulante; para los pequeños productores de la Ley 18.910 llega al 95 %. Se complementan: INDAP cofinancia la formulación de proyectos que postulan a la CNR y ofrece un crédito de enlace contra el certificado de bonificación.

Fuentes

  • Ley N° 18.910 - Sustituye la ley orgánica del Instituto de Desarrollo Agropecuario (Diario Oficial, 3 de febrero de 1990), artículos 1, 2, 3, 6 y 13, texto consolidado, BCN LeyChile
  • Ley N° 15.020 de Reforma Agraria (Diario Oficial, 27 de noviembre de 1962), artículo 12, BCN LeyChile
  • Ley N° 21.806 de 2026, artículo 87 (Diario Oficial, 5 de febrero de 2026), BCN LeyChile
  • Ley N° 21.435 de 2022 - Reforma el Código de Aguas, artículos primero y segundo transitorios, texto modificado por la Ley N° 21.841 (Diario Oficial, 9 de octubre de 2026), BCN LeyChile
  • Ley N° 18.450 - Fomento a la inversión privada en obras de riego y drenaje, artículos 1, 3 y 3 bis, modificados por la Ley N° 21.597 (Diario Oficial, 26 de septiembre de 2023), BCN LeyChile
  • DFL N° 1.122 de 1981 - Código de Aguas, artículo 56, BCN LeyChile
  • INDAP - Resolución Exenta N° 0070-049482/2023, norma técnica del Programa de Riego y Drenaje Intrapredial (PRI)
  • INDAP - Resolución Exenta N° 0070-016571/2024, norma técnica del Programa de Riego Asociativo (PRA), modificada por la Resolución Exenta N° 0070-014123/2025
  • INDAP - Resolución Exenta N° 0070-016572/2024, norma técnica del Programa de Obras Menores de Riego (PROMR), modificada por la Resolución Exenta N° 0070-022885/2024
  • INDAP - Resolución Exenta N° 0070-049484/2023, guía legal-administrativa de documentación para los instrumentos de inversión del Programa de Riego
  • INDAP - Resolución Exenta N° 0070-007760/2023, norma técnica del Bono Legal de Aguas (BLA), modificada en 2023 y 2024
  • INDAP - Resolución Exenta N° 0070-043331/2025, norma técnica del instrumento de preinversión de estudios de riego y/o drenaje
  • INDAP - Requisitos para ser usuario/a de INDAP y procedimiento de acreditación (indap.gob.cl)
  • INDAP - Crédito enlace para obras de riego y drenaje Ley 18.450 y Directorio de Consultores y Contratistas de Riego (indap.gob.cl, octubre de 2026)
  • Cámara de Diputados - Boletines N° 18.111-01 y 16.768-01, estado de tramitación al 26 de octubre de 2026

Última revisión técnica: 26 octubre 2026 — equipo Cruzat Ingeniería.

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